MINEDU: Orientaciones para el uso de IIEE para necesidades humanitarias ante emergencias

La Constitución Política del Perú reconoce el acceso a la educación como un derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes. Asimismo, a nivel mundial, a través de la educación se protege a la comunidad educativa y se contribuye a una mejor recuperación post desastre de la población afectada.

Las situaciones de emergencias y/o desastres de acuerdo con su intensidad, pueden superar la capacidad de respuesta de los gobiernos y de las instituciones, poniendo en riesgo la vida de las personas afectadas y su posibilidad de sobrevivencia ante los efectos inmediatos.

Ante la necesidad de identificar un refugio para acoger poblaciones damnificadas y enfermas, los locales educativos (LEE) públicos son comúnmente seleccionadas como albergues, almacenes y/o centros de atención de salud temporales, dado que cuentan con ambientes (espacios libres, ambientes que se pueden adaptar, servicios higiénicos, capacidad funcional, seguridad, entre otros) que facilitan su adecuación para recibir a la población en riesgo o afectada.

Sin embargo, si bien los albergues temporales son parte de la estrategia de respuesta frente a una emergencia y/o desastre, la utilización de los locales educativos para cumplir funciones diferentes a las educativas debe ser la última opción; no solo porque interrumpe el sistema educativo, y por ende el derecho a la educación.

Es importante tener en cuenta que su ocupación como albergues genera otras afectaciones como son al programa de alimentación escolar, protección a la comunidad educativa.

El objetivo de esta guía es brindar orientaciones técnicas y protocolos de acción para el uso de locales educativos para actividades no educativas y/o como instalaciones de apoyo a necesidades humanitarias ante situaciones de emergencias y/o desastres, como último inmueble disponible.

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