MINEDU: Precisiones para la contratación docente y la renovación para el año 2023

Contratación Docente 2023
Precisiones
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El Ministerio de Educación mediante el OFICIO MÚLTIPLE N° 00016-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, emitió algunas precisiones para la implementación del proceso de contratación docente en plaza de educación básica y técnico productiva, así como de la renovación en plazas de educación técnico productiva.

Contratación en plazas de educación básica

1. Las DRE/GRE/UGEL deben asegurar la atención de los expedientes presentados por los postulantes, tanto de manera virtual; así como presencial, ello a efectos de que los postulantes que domicilian lejos de la sede de las UGEL puedan inscribirse en forma virtual, y los que domicilian cerca puedan realizar su inscripción de forma presencial, debiendo garantizar la participación de los postulantes en igualdad de condiciones.

2. Para la implementación del procedimiento de contratación en sus diferentes modalidades deberán tener en cuenta las siguientes fechas:

a. La contratación por situaciones diferenciadas (En plazas que se ubican en IIEE por convenio), se implementa desde el 30 de enero del 2023 hasta el 10 de febrero del 2023, para lo cual deben comunicar con la debida anticipación a las IIEE involucradas.
b. Las modalidades de contratación “Por resultados de la PUN” y de “Evaluación de expedientes”, se implementarán teniendo en cuenta las fechas establecidas en el cronograma que se adjunta al presente documento.
c. Las Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces tiene hasta el día 26 de enero de 2023, para aprobar el cronograma mediante acto resolutivo de acuerdo a las fecha indicadas, y remitirlo al Sr. Samuel Víctor Lope Llanqui, especialista de la DITEN, al siguiente correo electrónico: trayectoriaditen_01@minedu.gob.pe con teléfono de contacto: 949800605.
d. La conformación de los comités a cargo de las UGEL/DRE será hasta el 26 de enero del 2023. Asimismo, las resoluciones de conformación deberán ser remitidas al correo trayectoriaditen_01@minedu.gob.pe con teléfono de contacto 949800605.
e. Las plazas (orgánicas, eventuales y por reemplazo) a considerar en este procedimiento de contratación son aquellas con la condición de “vacante” en el sistema Nexus, teniendo especial atención que si existe plaza excedente deberá previamente ser reubicada a otra IE que evidencie requerimiento, no deben de considerarse aquellas plazas que por disposición del Poder Judicial han dispuesto su cautela. De la misma manera, son consideradas los contratos por bolsa de horas, del nivel secundaria EBR, EBA Ciclo Avanzado y las horas de educación física del nivel primaria EBR.
f. El Minedu a través de la DITEN realiza una prepublicación de las plazas el día 01 de febrero 2023, precisando que la misma se realiza teniendo en cuenta la información actualizada en el sistema Nexus al 27 de enero de 2023. Para la publicación final de la primera etapa y lo correspondiente a la segunda etapa de contratación, la UGEL es la responsable de la publicación en la fecha prevista en el cronograma.
g. Previo al inicio del proceso de contrato docente; sus despachos, bajo responsabilidad, deberán disponer a quien corresponda la actualización del sistema Nexus de todos los procesos que se han implementado como son: reasignación excepcional, encargatura, cuadro de horas, reingreso, destaques y otros movimientos, ello con la finalidad que puedan publicar el 100% de plazas vacantes.

Renovación en plazas de educación técnico productiva

1. El numeral 29.1 del artículo 29 de la norma de contrato docente, aprobada por el Decreto Supremo N° 001-2023-MINEDU, ha regulado la renovación para los profesores contratados en plazas, entre estos, ha dispuesto que la renovación de la modalidad de educación técnico productiva, se realiza de forma anual, para lo cual el contratado debe cumplir con las siguientes condiciones:

(…)
a) Haber sido contratado en:
(…)
i) Plazas de ETP con título de Profesor o Licenciado en educación, o con Título profesional universitario no pedagógico, o con Título profesional técnico.
ii) Contar con evaluación favorable de su desempeño laboral.
iii) Contar con vínculo laboral consecutivo mínimo de 3 meses en la misma vacante, contabilizado hasta un día hábil antes del inicio de evaluación de desempeño laboral.
iv) La vacante, objeto de renovación, se encuentre disponible para el siguiente año lectivo y no esté dentro del número total de vacantes declaradas/identificadas como excedente en la IE/CETPRO de origen. (…).
v) Los que cumplan con los requisitos señalados en el capítulo II del Título III, y apartado i) artículo 19.2 de la presente norma (para el caso de IIEE EIB).
(…).

2. La evaluación de desempeño laboral será aplicada por el comité, debiendo tenerse en cuenta lo siguientes:

2.1 En caso el CETPRO cuente con Director, el comité de evaluación de desempeño se conforma por:
a) El director en condición de designado o encargado de puesto o de función, en ETP.
b) Un especialista de educación de CETPRO.

2.2 En caso el CETPRO no cuente con Director, el comité de evaluación de desempeño se conforma por:
a) El Jefe de Gestión Pedagógica y
b) Un especialista de educación en ETP

3. El comité evalúa al profesor según los factores de desempeño laboral señalados en el Anexo 17 de la norma que regula la contratación, teniendo en cuenta el cronograma, detallado en el Anexo II.

4. Las plazas (orgánicas, eventuales y por reemplazo) a considerar en este procedimiento de contratación son aquellas con la condición de “vacante” en el sistema Nexus. Se les precisa que, si la plaza es excedente deberá previamente ser reubicada a otra IE que evidencia requerimiento, no se consideran aquellas que por disposición del Poder Judicial no deben ser considerada en el presente procedimiento.

DESCARGA EL OFICIO COMPLETO AQUÍ

 

 

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