D.S. N° 001-2024-MINEDU – Criterios para el pago de sentencias judiciales del sector Educación

DECRETO SUPREMO
N° 001-2024-MINEDU
Decreto Supremo que aprueba los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del Sector Educación

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del sector Educación, que se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2024, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Difusión

El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ
Ministra de Educación

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

REVISA AQUÍ LOS CRITERIOS DE PAGO

 

 

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