MINEDU: Preguntas frecuentes del proceso de reasignación de Auxiliares 2023

Reasignación de Auxiliares
Preguntas frecuentes
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En este proceso pueden participar los auxiliares de educación nombrados de las modalidades Educación Básica Regular y Educación Básica Especial.

Las causales de reasignación son las siguientes:
+ Unidad familiar
+ Interés personal
+ Por razones de salud
+ Situaciones de emergencia
+ Racionalización

Requisitos para postular

A. Contar con tres (3) años de nombrado como mínimo.
B. Contar con dos (2) años de servicios oficiales efectivos continuos o acumulativos en la última plaza, de la cual es titular, al momento de presentar su solicitud.
+ Ambos requisitos se acreditan mediante un informe escalafonario, con una antigüedad no mayor de sesenta (60) días calendario a la fecha de ingreso del expediente. Si la postulación es en la misma UGEL o DRE, no será necesario presentar el informe escalafonario, porque el comité solicitará este documento al área de escalafón. Si la postulación es a una UGEL o DRE distinta, el auxiliar de educación deberá presentar necesariamente su informe escalafonario.

Para postular a la reasignación por unidad familiar, adicional a los requisitos señalados, deberá acreditar la relación de parentesco mediante los siguientes documentos, de acuerdo al motivo de su solicitud:
A. En caso de cónyuge, acta de matrimonio.
B. En caso de conviviente, sentencia de declaración de unión de hecho emitida por el órgano jurisdiccional o vía notarial, debidamente inscritas en el Registro de Personas Naturales de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).
C. En caso de hijos menores de edad, copia simple de sus DNI o declaración jurada donde se consignen los números de DNI de los hijos menores de edad.
D. En el caso de hijos mayores de edad con discapacidad y padres mayores de sesenta (60) años o con discapacidad, declaración jurada donde se consigne el número de DNI de los hijos y padres o copia simple del acta de nacimiento. Adicionalmente, copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados en las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas, privadas y mixtas en el país, o por las brigadas itinerantes calificadoras de discapacidad (BICAD), a cargo del Ministerio de Salud. En su defecto, la resolución de discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
F. Declaración jurada suscrita por el familiar directo que reside en la jurisdicción de la entidad de destino en donde solicita la reasignación. En caso se acredite el vínculo con menores de edad, o mayores de edad con discapacidad, la declaración jurada domiciliaria debe estar suscrita por su representante legal.
G. Declaración jurada del auxiliar de educación de la residencia en el lugar de destino.

Etapas de la reasignación

Etapa regional: Permite el desplazamiento del auxiliar de educación en las UGEL de la misma región. Se incluyen las plazas orgánicas vacantes que se generen hasta el último día hábil del mes de junio.

Etapa interregional: Permite el desplazamiento del auxiliar de educación entre IGED de diferentes regiones. Se incluyen las plazas orgánicas vacantes generadas durante los meses de julio y agosto, así como las plazas declaradas desiertas y las plazas generadas por los auxiliares de educación reasignados en la etapa regional.

VER CRONOGRAMA
¿Cómo postular?

Para participar, los auxiliares de educación deben presentar su solicitud de reasignación por mesa de partes virtual o física de la UGEL o DRE a la que desean trasladarse (destino). Este es el único momento para detallar la etapa a la que desean postular (regional o interregional). Además, se deberá adjuntar un informe escalafonario (en caso postulen a una UGEL distinta) y los documentos que acrediten el vínculo de parentesco en caso postulen a la reasignación por unidad familiar.

VER RELACIÓN DE PLAZAS
Criterios de evaluación

El proceso de reasignación evalúa dos criterios para establecer el orden de prelación:

Zona rural, frontera y VRAEM (puntaje máximo: 40 puntos)
+ Por zona rural 1, por cada mes laborado (0.3 puntos).
+ Por zona rural 2, por cada mes laborado (0.2 puntos).
+ Por zona rural 3, por cada mes laborado (0.1 puntos).
+ Por zona de frontera, por cada mes laborado (0.2 puntos).
+ Por zona VRAEM, por cada mes laborado (0.3 puntos).

Estos criterios no son excluyentes. El puntaje se otorga por cada mes de labor efectiva. El reconocimiento del puntaje en una IE de la zona rural, de frontera y VRAEM se acredita con los padrones que aprueba anualmente el Minedu y se contabiliza desde el año 2014. No se consideran los periodos laborados menores de treinta (30) días.

Tiempo de servicio
Un (1) punto por cada año de servicios oficiales como auxiliar de educación nombrado. Máximo veinticinco (25) puntos.

Información resultados

El comité de reasignación publica los resultados preliminares de la evaluación de los expedientes a través de dos cuadros de méritos: uno por nivel y modalidad educativa de la reasignación por interés personal y otro por unidad familiar, en el portal institucional de la DRE y UGEL, locales institucionales y otros medios digitales de comunicación masiva a su alcance.

Proceso de adjudicación

La adjudicación de plazas vacantes por interés personal y unidad familiar se realiza en acto público, en estricto orden de méritos y de acuerdo con el cronograma. La adjudicación de plazas por interés personal y unidad familiar se realiza de forma alternada: empieza por unidad familiar hasta agotar el cuadro de méritos, y se deja constancia en el libro de actas.

En caso de que el auxiliar de educación no pueda estar presente, puede acreditar a un representante mediante carta poder simple para el acto público de adjudicación.

Vigencia

La vigencia de la reasignación por unidad familiar e interés personal para auxiliares de educación es a partir del 1 de marzo de 2024.

¿Quiénes realizan el proceso?

El proceso de reasignación para las causales por interés personal y por unidad familiar está a cargo del comité de reasignación de la DRE y UGEL, el cual se conforma de la siguiente manera:

Miembros titulares:
+ Un (1) representante designado por el titular de la entidad, quien lo preside.
+ Jefe o director del área de gestión institucional.
+ Un (1) representante de los auxiliares de educación nombrados de la organización sindical del ámbito de la DRE/UGEL con mayor número de afiliados.

Miembros alternos:
+ Jefe o director del área de gestión administrativa.
+ Un (1) especialista o técnico del área de personal.
+ Un (1) representante de los auxiliares de educación nombrados de la organización sindical del ámbito de la DRE/UGEL con mayor número de afiliados.

 

 

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