R.M. Nº 429-2023-MINEDU – Disponen que docentes con separación preventiva o retiro realicen labores asignadas por la UGEL o DRE de manera no presencial
Disponen que el/la profesor/a que cuente con medida de separación preventiva o de retiro, en cumplimiento del artículo 86 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, realice las labores que le sean asignadas por el responsable del equipo de personal de la UGEL o DRE, de manera no presencial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 429-2023-MINEDU
Lima, 4 de agosto de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que el/la profesor/a que cuente con medida de separación preventiva o de retiro, en cumplimiento del artículo 86 del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, realice las labores que le sean asignadas por el responsable del equipo de personal de la UGEL o DRE, o el que haga sus veces, según corresponda, de manera no presencial en las condiciones que lo establezcan la DRE/UGEL.
Artículo 2.- Encargar al responsable del equipo de personal de la UGEL o DRE, o el que haga sus veces, según corresponda, el control de las labores administrativas que se le haya asignado al/ a la profesora inmerso/a en el supuesto del artículo 1 de la presente Resolución, mientras se mantenga vigente la medida de separación preventiva o de retiro.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ
Ministra de Educación
R.M. Nº 429-2023-MINEDU
Opción 1 / Opción 2
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— TuAmawta (@TAmawta) July 31, 2023
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