R.M. N° 625-2023-MINEDU – Autorizan a las DRE determinar fecha de cierre del año escolar 2023

Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 625-2023-MINEDU

Lima, 24 de noviembre de 2023

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el numeral 13.13 al numeral 13 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, y modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 149-2023-MINEDU y N° 183-2023-MINEDU, el cual queda redactado con el siguiente tenor:

“13. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
(…)
13.13 Excepcionalmente, las DRE pueden determinar una fecha de finalización de clases anterior a la fecha precisada en el numeral 9.1 denominado Año lectivo 2023, tomando en cuenta las condiciones climatológicas y sanitarias, priorizando la integridad de los estudiantes, el cuidado de la infraestructura y el material educativo. En ese caso, se deberá garantizar la adecuada finalización del año escolar tomando las acciones necesarias según las condiciones del territorio para no perjudicar el desarrollo de las competencias y el logro de aprendizajes de los estudiantes. Cualquier decisión al respecto deberá ser comunicada al MINEDU. El director de la Institución Educativa deberá tomar las previsiones para que los bienes materiales, queden a buen resguardo; así como, el acervo documentario con la finalidad de evitar posibles deterioros y/o pérdidas ante los eventuales daños producidos a consecuencia del Fenómeno El Niño.

En los COAR, situados en diferentes regiones del país, el cierre del año escolar estará supeditado a las condiciones climatológicas y sanitarias a consecuencia del Fenómeno El Niño que se presenten en cada lugar donde se ubican los locales escolares. Por ello, corresponde la determinación de la fecha de cierre de año escolar al criterio de los directivos, previo informe de sustento presentado a la DEBEDSAR sobre la valoración objetiva de los riesgos y contingencias en que se encuentra el COAR.”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM PONCE VERTIZ
Ministra de Educación

R.M. N° 625-2023-MINEDU

 

 

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