Nuevo reglamento de colegios privados y los riesgos advertidos – Tu amawta
Exigencias obligarían a cerrar varias instituciones con el subsecuente despido de docentes y cierre de colegios
El número de colegios particulares creció descontroladamente a nivel nacional y para un óptimo seguimiento, el Ministerio de Educación (Minedu), actualizó el reglamento de dichas instituciones después de 12 años y entrará en funcionamientodesde marzo próximo, si es que es publicado en la segunda semana de enero 2019, tal como está previsto.
Los directores o administradores de las instituciones tuvieron 30 días desde la publicación de la Resolución Ministerial N° 613-2018 para modificar los artículos y para ello formaron mesas de diálogo en Lima. Por Arequipa, participó Alfredo Aguilar de la institución Corpaidos.
En opinión de Aguilar, es oportuno que la norma de 83 artículos, frene los abusos que se cometen en los colegios como los cobros excesivos a los padres de familia, pero a su vez, provocaría elcierre de muchas instituciones así como el despido masivo de docentes si no se hacen las modificaciones.
PAGOS
Para entender mejor este reglamento, resaltaremos lo más importante y por partes. Sobre los pagos, el padre debe abonar por tres conceptos, cuota de ingreso (opcional por parte del colegio), matrícula y pensión. La matrícula no debe ser mayor a la pensión y la cuota de ingreso se paga por única vez, si el alumno se retira y vuelve al colegio, ya no debería abonar por este concepto.
Tampoco se puede condicionar la compra de uniformes, materiales educativos, no se cobra la pensión por adelantado ni puede sufrir incremento, salvo que se haya informado en antes de la matrícula.
Adicional a ello, la dirección del colegio puede cobrar hasta un máximo de dos cuotas extraordinarias por conceptos externos de las actividades cotidianas como viajes de estudio, pero previa autorización de las UGEL y debe ser comunicado al padre de familia antes de las matrículas.
DOCENCIA
El docente debe tener título de pedagogo o título en la especialidad como por ejemplo ingeniero químico, pero en opinión de Aguilar, esta parte de la norma generará gran desempleo, porque la mayoría de colegios tienen bachilleres o docentes de música, arte, futbolistas en la enseñanza de educación física, pero sin título profesional. La disposición solo da 90 días para que regularicen su situación, de lo contrario, el colegio será multado hasta con 100 UIT.
El representante de Corpaidos, cuestiona el breve plazo y planteó que al menos se autorice dos años para que obtengan sus títulos, tal como pasó en los colegios públicos y en las universidades con la nueva ley.
“Me preocupa que emitan el reglamento de forma tan apresurada, porque podría haber errores”, advirtió Aguilar.
INFRAESTRUCTURA
El colegio debe garantizar seguridad, para ello debe tener licencia de funcionamiento, el permiso del Ministerio de Educación, respetar el aforo por salón y no unir diferentes grados. Es común que en algunas instituciones, se preste servicio en una sola aula a niños de dos o tres grados, con un solo profesor, porque tienen poco alumnado o no disponen de las aulas necesarias.
Las instituciones tienen 60 días para regularizar la infraestructura con servicios higiénicos acorde al nivel de formación, inicial, primaria y secundaria. Además deben reducir el número de alumnos, si existe hacinamiento y según Aguilar, esto provocará que muchos colegios sean cerrados, debido a que las casonas del Centro Histórico no tienen espacio para mejorar las instalaciones y porque tampoco sería dable retirar o excluir a los alumnos.
“¿En función a qué podría retirar a los estudiantes, por rendimiento, por simpatía, por antigüedad?”, se interrogó el docente. Si la institución no cumple las exigencias podría ser suspendida temporalmente o clausurada.
El gerente de Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación, Wilber Gómez, manifestó que espera que el reglamento se aplique desde el siguiente año, para evitar los abusos en cobros, pero sobre todo para exigir calidad de enseñanza y cumplir con lo que ofrecen.
Multas elevadas
A diferencia del anterior reglamento, D.S. 009-2016- Minedu, las sanciones son más drásticas y las multas van desde 4 mil 150 soles equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UI T) en infracciones leves, hasta 415 mil soles, 100 UIT, en caso de muy graves, además de suspensiones o clausuras definitivas. Estas serán aplicadas por las UGEL o las gerencias y direcciones de Educación.
1 de cada 4 colegios es particular a nivel nacional.
3961 instituciones educativas particulares hay en Arequipa.
Fuente: diariocorreo.pe