Comisión de Educación archivó proyecto de licenciamiento permanente de universidades

La Comisión de Educación del Congreso rechazó el proyecto de ley que planteaba que el licenciamiento de las universidades sea de carácter “permanente e indefinido”.

La iniciativa legislativa, presentada por el congresista y titular del grupo de trabajo, José Balcázar (Perú Bicentenario); fue archivada con 12 votos en contra, siete a favor y una abstención.

Y es que el referido dictamen plantea en total la modificación de siete artículos y numerales de la Ley Universitaria y, según indica, tiene como objetivo “incentivar y asegurar la mejora continua de la calidad de la educación superior universitaria a través de la acreditación institucional”.

¿Qué planteaba la iniciativa?

El dictamen proponía que “la autorización otorgada mediante el licenciamiento por la Sunedu (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria)”sea “de carácter permanente e indefinido al haber acreditado que cumplen con las condiciones básicas de calidad”.

En los fundamentos de esta propuesta, se indicaba que “el licenciamiento constituye solo un aseguramiento de la calidad, mediante el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad, que son requisitos mínimos para el funcionamiento inicial de una universidad” y que este “no es un reconocimiento a la calidad universitaria”, sino “solo una necesidad para su funcionamiento”.

En ese sentido, señalaba que la acreditación “sí representa un reconocimiento del Estado a la calidad, y se garantiza una mejora continua, con lo que puede desarrollar mayores exigencias hacia estándares internacionales y el prestigio de las universidades peruanas”.

Vale resaltar que, según la Ley Universitaria vigente, “el licenciamiento autoriza el funcionamiento de las instituciones educativas y programas, que cumplen con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC), para brindar el servicio educativo”; mientras que la acreditación “reconoce el cumplimiento de estándares de calidad a las instituciones educativas y sus programas de estudio”.

Además, el artículo 13 de la referida norma indica que “la autorización otorgada mediante el licenciamiento por la Sunedu es temporal y renovable y tendrá una vigencia mínima de 6 años”.

Asimismo, Balcázar propone que la Sunedu “regulará las infracciones que ameriten un nuevo proceso de renovación de licencia o la cancelación de la licencia otorgada”.

 

 

Si te gustó nuestra publicación compártelo en tus redes sociales, también nos puedes seguir en nuestro FansPage de y nuestro canal de Youtube ¡Suscríbete!
https://www.facebook.com/TAmawta
https://www.youtube.com/TuAmawta

This site is protected by wp-copyrightpro.com