R.VM. N° 165-2022-MINEDU – Disposiciones para la encargatura de profesores para el 2023

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento” y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 165-2022-MINEDU

Lima, 19 de diciembre de 2022

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar, la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, la misma que, como anexo, forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que las encargaturas realizadas en el marco de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y modificada por Resolución Viceministerial Nº 137-2022-MINEDU, en sus distintas etapas, mantienen plena validez para el año 2023, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma técnica aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la continuidad de la vigencia de los comités de evaluación que se conformaron en el marco de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y modificada por Resolución Viceministerial Nº 137-2022-MINEDU.

Artículo 4.- Autorizar a las DRE y UGEL continuar los procedimientos de encargatura en las instituciones educativas que correspondan a la Educación Básica Regular (EBR) y Educación Técnico – Productiva (ETP), para lo cual deberán aplicar las disposiciones de la norma técnica aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 5.- Disponer que las UGEL y DRE, a través de los comités de evaluación, verifiquen que las encargaturas para cargos directivos de IIEE EIB, especialistas en educación IB y Directivos de UGEL IB realizadas en el marco de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y modificada por Resolución Viceministerial Nº 137-2022-MINEDU, cumplan con los requisitos previstos en el numeral 5.7.3 de la norma técnica aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, que son:

i. Acreditar, a través de la inscripción en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú, el dominio de la lengua originaria según lo establecido en el Anexo 5 de la norma técnica aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.

ii. Evidenciar capacitación en EIB en pedagogía o gestión o en desarrollo de lenguas originarias, las cuales deben haberse realizado en los últimos cinco (5) años.

iii. Contar con experiencia mínima de un (1) año como docente en IIEE EIB.

Dichos requisitos son exigibles en la primera y segunda etapa, para la tercera y cuarta etapa de debe de cumplir con algún orden de prelación señalado en el Anexo 6 de la norma técnica aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.

Las encargaturas que cumplan dichos requisitos mantienen plena validez para el año 2023.

Artículo 6.- Disponer que las UGEL y DRE, a través de sus comités de evaluación, implementen un nuevo proceso de encargatura en aquellas instituciones educativas cuyo directivo encargado en el marco de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y modificada por Resolución Viceministerial Nº 137-2022-MINEDU, no cumpla con los requisitos descritos en el artículo 5 de la presente Resolución.

Los profesores que no cumplan con los requisitos señalados en el párrafo anterior son considerados en las nuevas convocatorias que realice el comité de evaluación en las etapas del proceso de encargatura, siendo ubicados en el cuadro de mérito correspondiente.

Artículo 7.- Disponer que, con la finalidad de no interrumpir o alterar las actividades escolares en la institución educativa, las plazas directivas de las IIEE que se encuentran vacantes hasta el 31 de diciembre del 2022, excepcionalmente, sean encargadas al personal directivo cuya encargatura concluye el 31 de diciembre del 2022. Dichas encargaturas rigen a partir del 01 de enero del 2023 hasta la culminación del nuevo proceso de encargatura.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCANTARÁ
Viceministro de Gestión Pedagógica

R.VM. N° 165-2022-MINEDU
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