MINEDU: Implementación de las Leyes Nº31451 y Nº31552 para el pago del 100% de la CTS | O.M.N°124-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Oficios
Reingreso a la CPM 2022
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El Ministerio de Educación emitió el Oficio Múltiple N° 00124-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDDen el cual brinda información sobre la aplicación de las Leyes Nº 31451 y Nº 31552, para el pago del 100% de la CTS del docente y auxiliar de educación.

Con la presente Ley Nº 31451, se modifico el artículo 63 de la LRM, quedando redactada en los siguientes términos:
“Artículo 63. Compensación por tiempo de servicios
El profesor recibe una compensación por tiempo de servicios (CTS), la que se otorga al momento de su cese, a razón del cien por ciento (100%) de su remuneración íntegra mensual (RIM), por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios oficiales”.

En consecuencia, en caso de cese o retiro de la Carrera Pública Magisterial (por cualquier causal) de los docentes nombrados comprendidos en la LRM, producidos a partir del día 14 de abril del 2022, el cálculo se realizará a razón del 100% de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por cada año de servicios o fracción de año, si éste supera los 6 meses.

Excepcionalmente el pago de la CTS dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31451, se precisa:

1. Profesores que cesen en el año fiscal 2022, el pago de la CTS se efectúa a razón de:
50% en el año fiscal 2022
20% en el año fiscal 2023
30% en el año fiscal 2024
2. Profesores que cesen en el año fiscal 2023, el pago de la CTS se efectúa a razón de:
70% en el año fiscal 2023
30% en el año fiscal 2024
3. Para los profesores que cesan a partir del año fiscal 2024, el pago de la CTS se efectúa a razón del 100% al momento del cese.”

De igual manera con la modificación realizada al artículo 53 mediante la Ley Nº 31451, los ceses de profesores nombrados por la causal de límite de edad, se efectuará de oficio por cada DRE/UGEL al 31 de diciembre del año correspondiente, en que el servidor cumple 65 años de edad, siendo de aplicación a partir del 14 de abril del 2022 conforme al artículo 109 de la Constitución Política del Perú.

Puede descargar el oficio completo en los siguientes enlaces:

Of. M. N° 124-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD
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