Colegios deberán devolver Matrícula y Pensiones si los Padres no aceptan modificación de los costos
Colegios deberán devolver matrícula y pensiones si padres no aceptan modificación en costos, Las escuelas particulares tienen hasta el martes 12 de mayo para justificar sus gastos, según decreto legislativo Nº 1476, que también faculta a poner multas a instituciones que no se acojan a normativa.
A partir del 6 de mayo, los colegios privados tendrán un plazo de siete días para informar a los padres de familia sobre las modificaciones en el costo de las pensiones mensuales. Así se estableció según la norma publicada el martes 5 de mayo en el diario oficial El Peruano. Mediante el Decreto Legislativo Nº 1476, los centros educativos deberán notificar sobre las prestaciones que brindaban de manera presencial y cuáles de estas ya no son brindadas con esta nueva modalidad de enseñanza virtual.
La norma aplica a todas las instituciones privadas a nivel nacional que brindan servicios educativos de Educación Básica, en todas sus modalidades, niveles y ciclos. En caso exista incumplimiento de esta disposición, el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales pueden exigir el pago de las multas desde S/ 43.000 a S/ 2 150.000.
La información presentada por las entidades tiene carácter de declaración jurada, sujeta a fiscalización posterior. Esta puede ser enviada por correo electrónico o cualquier otro medio la existencia o no, además, no debe ser excesiva o compleja respecto a costos por el servicio educativo ofrecido, para que el usuario lo utilice en la toma de una decisión respecto del servicio educativo ofrecido.
Apoderados
En caso los apoderados no están de acuerdo con la propuesta pueden anular el contrato, y el centro educativo está obligado a devolver las cuotas de matrícula, ingreso y de pensiones canceladas. No obstante, se descontarán las deudas pendientes de los estudiantes, si las hubiera, dentro de 30 días calendario contados desde la entrega del documento.
Cabe resaltar que las instituciones educativas privadas no pueden cobrar por las prestaciones que se han dejado de brindar producto de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Traslado de colegio particular a estatal 2020
A fin de brindar facilidades a los padres de familia que tengan problemas económicos, el Ministerio de Educación (Minedu) permitirá el trasladado de alumnos de centros educativos privados a públicos.
“Los padres que no puedan mantener a sus hijos en colegios privados podrán trasladarlos a colegios públicos para que el aprendizaje no se vea afectado», mencionó el ministro de Educación, Martín Benavides.
¿Cómo hacer el traslado de un colegio privado a uno público?
El padre de familia, tutor legal o apoderado del estudiante que va a ser trasladado debe solicitar por escrito al director de la institución privada el traslado de matrícula y además la entrega de los documentos de escolaridad del estudiante. Entre ellos están:
• Partida de nacimiento, copia de DNI o pasaporte
• Certificado de estudios
• Ficha Única de Matricula generada por el SIAGIE
• Boleta de notas del SIAGE
¿A partir de cuándo puedo realizar el proceso de cambio de colegio privado a uno público?
La matrícula extemporánea para alumnos que deseen trasladarse a colegios públicos iniciará el próximo 8 de mayo, vamos a hacer un lanzamiento de una matrícula ordenada para planificar de manera adecuada este servicio y que se pueda dar con la calidad que todos esperamos”, así lo anunció el ministro de Educación, Martín Benavides en conferencia de prensa.
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