REASIGNACIÓN Y NOMBRAMIENTO DOCENTE: Dominio de la lengua originaria debe ser el exigido del Anexo 2 de la R.M. N° 646-2018-MINEDU

REASIGNACIÓN DOCENTE 2019

Estimados y estimadas colegas, para los procesos de nombramiento y reasignación docente, el dominio de la lengua originaria de los docentes debe ser el exigido en el anexo 2 de la R.M. N° 646-2018-MINEDU.

  • Los niveles de dominio establecidos en las presentes disposiciones constituyen el mínimo para acreditar el dominio de la lengua originaria y la cultura local. Evidentemente, los postulantes que tengan reconocido un nivel de dominio mayor en el registro, cumplen también con el requisito específico de dominar la lengua originaria y la cultura local.
  • Los docentes deben acreditar el nivel de dominio exigido tanto oral como escrito.
  • Los docentes deben acreditar únicamente el nivel de dominio exigido oral. No se exige ningún nivel de dominio escrito

Descargar Documento: Anexo 2 de la R.M. N° 646-2018-MINEDU

 

¿Ya conoces nuestro canal de Youtube? ¡Suscríbete!
https://www.youtube.com/tuamawta

This site is protected by wp-copyrightpro.com