Régimen Especial de Jubilación Anticipada ya es permanente
La norma fue publicada este 3 de mayo. Entérate de todos los requisitos que se deben cumplir para acceder al beneficio.
El REJA es ahora permanente para todos aquellos afiliados al Sistema Privado de Pensiones que cumplan con lo siguiente:
a) Que al momento de solicitar el beneficio tengan como edad mínima 55 años cumplidos en el caso de los varones y 50 años cumplidos en el caso de las mujeres.
b) Que se encuentren desempleados durante 12 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.
En caso de que, durante el periodo antes mencionado, el afiliado hubiese percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias, debiendo presentar documento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) que lo sustente.
Bono de Reconocimiento
El REJA da derecho del Bono de Reconocimiento a los 2 años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero. Este se entregará pese a que se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado.
Es importante que se cuente con previa información de la Administradora privada de Fondos de Pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen.
Monto a retirar
El REJA permite que quienes cumplan con las especificaciones puedan retirar el 95,5% de lo ahorrado en una AFP. El 4,5% restante del fondo será transferido por la AFP directamente a EsSalud en un periodo máximo de 30 días.
La ley también señala que se derogue o deje sin efecto las disposiciones que se opongan al REJA permanente.
Finalmente, se crea una comisión multisectorial para evaluar la situación actual de los sistemas de pensiones públicos y privados en un plazo de 180 días.
La República
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