R.M. N° 473-2021-MINEDU – Aprueban la Política del Sistema de Gestión Antisoborno
Aprueban la Política del Sistema de Gestión Antisoborno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 473-2021-MINEDU
Lima, 25 de noviembre de 2021
VISTOS, el Expediente N° OTEPA2021-INT-0066538, el Informe Técnico N° 00002-2021-MINEDU/SG-OTEPA, los Informes N° 00360-2021-MINEDU/SG-OTEPA y N° 00378-2021-MINEDU/SG-OTEPA, y los Memorándums N° 00441-2021-MINEDU/SG-OTEPA, N° 00648-2021-MINEDU/SG-OTEPA y N° 00858-2021-MINEDU/SG-OTEPA, de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; los Informes N° 00609-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 01114-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto; los Memorándums N° 00276-2021-MINEDU/SPE-OPEP y N° 00477-2021-MINEDU/SPE-OPEP, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; los Memorándums N° 00196-2021-MINEDU/SG-OGAJ y N° 00289-2021-MINEDU/SG-OGAJ, el Informe N° 01065-2021-MINEDU/SG-OGAJ y los Oficios N° 00464-2021-MINEDU/SG-OGAJ y N° 00505-2021-MINEDU/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 628-2018-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que los documentos de gestión, procedimientos, formatos e instructivos relacionados al Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación, se adecuen en forma progresiva, con posterioridad a la aprobación de la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General, designe a el/la responsable de la función de cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Educación.
Artículo 5.- Disponer que la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestion Antisoborno del Ministerio de Educación, este a cargo de la coordinación encargada de desarrollar dichas funciones en la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución y Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ
Ministro de Educación
R.M. N° 473-2021-MINEDU
Opción 1 / Opción 2
R.M. N°458-2021-#MINEDU – Modifican las disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la #EB urbanos y rurales #TuAmawtahttps://t.co/RHKL5lULgr pic.twitter.com/CThNG6BH9G
— TuAmawta (@TAmawta) November 25, 2021
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