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R.VM. N° 051-2022-MINEDU – Disposiciones excepcionales respecto a la encargatura de directores generales de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica

Aprueban disposiciones excepcionales para el año académico 2022, respecto a los procesos de encargatura de puestos y funciones de directores generales de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos, declarados desiertos

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 051-2022-MINEDU

Lima, 10 de mayo de 2022

VISTOS; el Expediente N° 0051600-2022, el Informe N° 00048-2022-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00450-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00478-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar disposiciones excepcionales para el año académico 2022, para la encargatura de puestos y funciones de directores generales de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos, declarados desiertos, luego de aplicarse lo dispuesto en el numeral 7.5 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general y puestos de gestión pedagógica de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 00225-2020-MINEDU, (en adelante, el documento normativo), de acuerdo a lo siguiente:

1.1 La Dirección Regional de Educación, o la que haga sus veces, encarga el puesto o función de director general a una persona con vínculo institucional que no se encuentre inmersa en alguno de los supuestos de impedimentos señalados en el numeral 6.3.1 del documento normativo y que cumpla los siguientes requisitos:

a) Estudios de formación continua en temas de gestión o afines;

b) Experiencia comprobada no menor de cinco (5) años en cargos directivos o jerárquicos en gestión de instituciones públicas o privadas; y,

c) Estudios de maestría concluidos, debiendo obtener y/o registrar el grado en la SUNEDU antes del término del año académico 2022.

1.2 En zonas rurales, de frontera y/o VRAEM, cuando no sea posible dar cumplimiento a los requisitos del numeral precedente, la Dirección Regional de Educación, o la que haga sus veces, encarga el puesto o función de director general a una persona con vínculo institucional que no se encuentre inmersa en alguno de los supuestos de impedimentos señalados en el numeral 6.3.1 del documento normativo y que cumpla con un mínimo de dos (2) años de experiencia comprobada en gestión de instituciones públicas o privadas.

1.3 La Resolución de encargatura que se emita en el marco de los numerales precedentes debe incluir los motivos por las cuales no se logró la encargatura de director general no obstante de haberse aplicado el numeral 7.5 del documento normativo.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica

R.VM. N° 051-2022-MINEDU
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