Site icon Tu Amawta

DS. N° 015-2019-PCM, Aprueban “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021”

La Presidencia del Concejo de Ministros, DS. N° 015-2019-PCM, Aprueban “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021”

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021

Apruébese el “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021”, que en Anexo forma parte integrante del presente decreto supremo; para la articulación multisectorial de intervenciones del Gobierno Nacional en los centros poblados y distritos focalizados ante heladas y friaje.

Artículo 2.- De la ejecución y cumplimiento del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021

Disponer que los Ministerios, los organismos públicos, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales adopten, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para la implementación del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021” y velen por su cumplimiento.

Artículo 3.- Financiamiento

La implementación de la presente norma se financia con cargo a la disponibilidad presupuestal de los pliegos involucrados, conforme a sus presupuestos institucionales, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Seguimiento del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021

Encargar al Viceministerio de Gobernanza Territorial en coordinación con la Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros el seguimiento al cumplimiento del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021”.

El Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente norma, deberá establecer las metas de resultados, a partir de la información generada y proporcionada por el Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y el Ministerio de Agricultura y Riego, según el indicador de su competencia en el marco del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021.

Artículo 5.- Informe al Consejo de Ministros

El Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros debe informar semestralmente al Consejo de Ministros sobre los avances en el cumplimiento del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021.

El Consejo de Ministros podrá constituir un grupo de trabajo a nivel Viceministerial encargado de ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019 – 2021”.

Artículo 6.- Publicación

Publíquese el presente decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el presente decreto supremo y el “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021” aprobado, se publican en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), y del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 7.- Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, la Ministra del Ambiente, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de la Producción; y, el Ministro de Defensa.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Saldos de entrega de bienes y/o servicios

Las entidades públicas involucradas en la ejecución del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021” aprobado por el artículo 1 del presente decreto supremo, que cuenten con saldos de bienes y/o servicios, luego de culminada la distribución por centro poblado y/o distrito a la población objetivo prioritaria contemplada en el Plan y siempre que la entrega no implique gastos adicionales de recursos; podrán, en cada ejercicio presupuestal, de acuerdo a su competencia, realizar la entrega de los bienes y/o servicios a favor de la población vulnerable ubicada en los centros poblados y/o distritos focalizados.

Segunda.- Saldos de entrega de bienes y/o servicios del Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2018

Autorícese a las entidades involucradas en la ejecución del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2018” para que, de manera excepcional, distribuyan los saldos de bienes y/o servicios restantes correspondientes a dicho Plan Multisectorial, en los centros poblados y/o distritos y población objetivo del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2019-2021” aprobado por el artículo 1 del presente dispositivo, y cuyos costos que se generen serán financiados con cargo a su presupuesto institucional; correspondiendo presentar un cronograma de distribución, así como un informe específico sobre su cumplimiento, al Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO

Presidente del Consejo de Ministros

GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA

Ministro de Agricultura y Riego

FABIOLA MUÑOZ DODERO

Ministra del Ambiente

JOSÉ HUERTA TORRES

Ministro de Defensa

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

DANIEL ALFARO PAREDES

Ministro de Educación

FRANCISCO ISMODES MEZZANO

Ministro de Energía y Minas

CARLOS MORÁN SOTO

Ministro del Interior

ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO

Ministro de la Producción

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES

Ministra de Salud

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

JAVIER PIQUÉ DEL POZO

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Descargar desde el siguiente enlace:

DS. N° 015-2019-PCM

¡Si te gustó La Norma, compártelo en tus redes sociales!

No olvides de dejarnos un Like a nuestro Fans Page Facebook, de esta manera estará agradeciendo nuestro aporte.

Exit mobile version