Aprueban el Padrón de instituciones educativas focalizadas y plazas de profesores de Educación Física para la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica en las horas curriculares del área de Educación Física en instituciones educativas de Educación Primaria en el año 2019

Descargue el Padrón de instituciones educativas focalizadas y plazas de profesores de Educación Física para la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica en las horas curriculares del área de Educación Física en instituciones educativas de Educación Primaria en el año 2019

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 035-2019-MINEDU

Lima, 22 de febrero de 2019

VISTOS, el Expediente N° 0006743-2019, el Oficio N° 00255-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR, el Informe N° 008-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-FOGL de la Dirección de Educación Física y Deporte, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular y el Informe N° 00160-2019-MINEDU/SG-OGAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general de Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales del personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señala que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; asimismo, establece que mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones, para las contrataciones en el marco Contrato de Servicio Docente; así como las características para la renovación del mismo;

Que, en ese marco normativo, a través del Decreto Supremo N° 001-2019-MINEDU, se aprobó la “Norma que regula el procedimiento, los requisitos y las condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente en Educación Básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”; asimismo, el literal c) del numeral 5.2.1 de la citada norma, establece que para el proceso de contratación del servicio docente se consideran plazas vacantes a las horas para completar el Plan de Estudios del Área Curricular de Educación Física en Educación Básica Regular del nivel primario;

Que el literal h) del numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar entre otros, las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal como resultado del proceso de racionalización efectuado en el marco del artículo 74 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como para la sostenibilidad del financiamiento de las plazas creadas y validadas durante los cuatro (4) últimos años precedentes, para el ejercicio en las áreas de desempeño laboral establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 12 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como para las plazas de docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior creadas en el Año Fiscal 2018 conforme a lo establecido en el inciso k) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley 30693; asimismo, el numeral 31.4 del referido artículo, establece que los recursos a los que se refiere el presente artículo no deben destinarse a fines distintos de aquellos para los cuales fueron asignados, bajo responsabilidad, debiendo ejecutarse conforme a las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación y a la normatividad de la materia;

Que, en el marco de las citadas normas, mediante Oficio N° 00255-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 008-2019-MINEDU-VMGP-DIGEBR-DEFID-FOGL de la Dirección de Educación Física y Deporte, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de aprobar el Padrón de instituciones educativas focalizadas y plazas de profesores de Educación Física para la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica en las horas curriculares del área de Educación Física en instituciones educativas de Educación Primaria en el año 2019, bajo el régimen de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, a fin de dar continuidad a la implementación del área curricular de Educación Física en los Gobiernos Regionales y la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana;

Que, mediante Oficio N° 00720-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, efectúa el costeo de plazas de profesores de Educación Física en instituciones educativas focalizadas para las horas curriculares de Educación Física, correspondiente al año 2019;

Que, adicionalmente, a través del Informe N° 00162-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable, debido a que este acto resolutivo se encuentra alineado con los documentos de planificación institucional del Sector; así como, en materia de presupuesto señala que se cuenta con recursos para la atención del citado Padrón de instituciones educativas focalizadas y las metas de contratación de profesores de Educación Física por contrato de servicio docente regulado por la Ley N° 30328, para la implementación de las horas curriculares del área de Educación Física durante el año 2019; precisando que los recursos se encuentran formulados en el Pliego 010: Ministerio de Educación y los Pliegos de Gobiernos Regionales;

Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Padrón de instituciones educativas focalizadas y plazas de profesores de Educación Física para la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica en las horas curriculares del área de Educación Física en instituciones educativas de Educación Primaria en el año 2019, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA HELFER LLERENA

Viceministra de Gestión Pedagógica

1743853-1

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